domingo, 4 de noviembre de 2012

PAGO REFERENCIADO



Pago referenciado obligatorio para personas físicas.

El servicio de Administración Tributaria (SAT) ha venido evolucionando en la manera de presentar las declaraciones a las que están obligadas tanto las Personas Físicas como las Personas Morales. Actualmente ha desarrollado la plataforma electrónica denominada “Servicio de Declaraciones y Pagos”, el cual consiste en presentar directamente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) las declaraciones provisionales y definitivas, y en caso de resultar pago de impuestos éste se efectúa en el banco utilizando el servicio de pago referenciado, es decir a través de una línea de captura.


Desde el 2009 han venido incorporándose de manera obligatoria a esta nueva forma de presentar declaraciones diversos grupos de contribuyentes.
A partir del mes de enero de este 2012 se incorporaron las Personas Morales, y a partir del mes de septiembre del 2012 se incorporan de manera obligatoria las Personas Físicas, que en el último ejercicio fiscal hayan declarado ingresos superiores a 1,000,000.00 de pesos para los pagos provisionales y definitivos, que correspondan al mes de agosto del 2012 y subsecuentes.
Las Personas Físicas que no se encuentren en el supuesto anterior pueden optar por el servicio de Declaraciones y Pagos correspondientes al mes de Agosto y Subsecuentes, entendiéndose que optan por esta opción al presentar el primer pago bajo esta modalidad. Quienes ejerzan la opción indicada no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.
Con el Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado) los contribuyentes primero envían la declaración al SAT a través de internet en la sección Mi portal / Pago referenciado, en la que de resultar impuesto a pagar, se genera la línea de captura y posteriormente el contribuyente debe pagar en la institución bancaria, sin exceder el plazo establecido en dicha línea.


QUÉ VENTAJAS TIENE:



  • Facilita la presentación de las declaraciones al utilizarse un formato dinámico que incluye la opción de cálculo automático de los impuestos y ayudas en línea.
  • Permite la presentación anticipada de la declaración ante el SAT y posteriormente efectuar el pago de impuestos en la fecha de vencimiento.
  • Disminuye el tiempo de elaboración de las declaraciones complementarias al prellenarse con los datos manifestados en la declaración anterior.
  • Elimina la presentación de las declaraciones de Avisos en Ceros y de Corrección de Datos.
  • Simplifica el pago de impuestos federales con la utilización del servicio bancario de Depósito Referenciado, vía internet o en la red de sucursales bancarias.
  • Cuenta con opciones en línea para:
    • Consultar la declaración presentada.
    • Imprimir el Acuse de Recibo de la declaración.
    • Efectuar consultas por obligación.
    • Consultar las declaraciones pagadas en el banco autorizado, 48 horas hábiles posteriores al pago de la línea de captura. 

QUÉ NECESITA PARA UTILIZARLO

  • Para ingresar al Servicio de Declaraciones y Pagos requiere:
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Clave de Identificación Electrónica Confidencial actualizada (CIEC). 
  • Sus cifras como monto de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, IVA causado e IVA acreditable, entre otros.
  • Una computadora con acceso a Internet.
  • Además, para pagar por transferencia electrónica a través de su banco es necesario tener una cuenta con servicio de banca electrónica. 


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