sábado, 10 de noviembre de 2012

Clave de Identificación Electrónica Confidencial CIEC


La CIEC es un mecanismo de acceso, formado por su RFC y una contraseña elegida por usted mismo; se utiliza para el acceso a diversas aplicaciones y servicios que brinda el SAT a través de su Portal de Internet. Algunos de estos servicios son:
  • Portal privado del contribuyente
  • Declaraciones y Pagos (DyP)
  • Declaraciones informativas de razones por las cuales no se realiza el pago (Avisos en cero)
  • Declaración Informativa Múltiple
  • Envío de declaraciones anuales
  • DeclaraSAT en línea
  • Declaraciones de corrección de datos
  • Consulta de transacciones
  • Consulta de comprobantes aprobados a impresores autorizados
  • Envío de solicitudes para la generación de Certificados de Sello Digital para Comprobantes Fiscales Digitales
  • Descarga de Certificados de Sello Digital, así como de Firma Electrónica Avanzada

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA DIOT

1. ¿Quiénes son los obligados a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?
Las personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA y/o que tengan registrada la clave de obligación fiscal correspondiente al IVA.

2. Los contribuyentes personas morales ¿cuándo deberán presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?

Durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.


3. Los contribuyentes personas físicas ¿cuándo deberán presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?
 

Durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.

4. ¿Mediante que formato se debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?

Mediante el formato A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”, contenido en el programa electrónico: Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2011, V.1.1.4.), que se encuentra en el portal de Internet del SAT.


5. ¿Se debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros si no se han tenido operaciones con terceros?

Sí. En tanto tenga registrada la clave de IVA. En éste caso se seleccionará dentro del programa DIOT la opción: “La presenta sin operaciones”.

6. ¿La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros solicita información de operaciones con proveedores y clientes?

No, únicamente proveedores.
 

7. ¿Cuántos tipos de proveedores se pueden relacionar?
Tres tipos de proveedores: Nacional, Extranjero y Global.

8. La información de cada proveedor ¿se debe considerar con el IVA incluido?
No. Los campos en los que el programa electrónico solicita el “valor de actos o actividades” deben considerarse sin incluir el IVA.

9. ¿Se informará de la totalidad de las operaciones con proveedores o habrá un mínimo que reportar?
Sí. Se deberán reportar la totalidad de las operaciones realizadas con todos los proveedores.
Como una facilidad, en lugar de capturar individualmente a cada proveedor, podrán relacionarse globalmente aquellos con los que se haya tenido operaciones hasta por un monto que no exceda del 10% del total de los pagos efectivamente realizados en el mes y sin que en ningún caso el monto pagado al proveedor sea superior a $50,000.

10. En la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, ¿se deben incluir a los proveedores de tasa 0%?
Sí. Aun cuando la totalidad de sus operaciones sean a la tasa del 0% se deberán incluir en la DIOT.


11. En la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, ¿qué información se deberá anotar en el renglón “IVA Retenido por el contribuyente”?
Se anotará el monto de IVA retenido por el contribuyente, es decir, el que retuvo el declarante.


12. En los casos de autofacturación, ¿la aplicación también permitirá asentar el RFC del contribuyente en el apartado de proveedor?
Sí.


13. ¿Qué tipos de operación se reportan en la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?
Tratándose de Proveedor Nacional, al igual que Proveedor Global: Prestaciones de Servicios Profesionales, Arrendamiento de Inmuebles y Otros.
Tratándose de Proveedor Extranjero: Prestaciones de Servicios Profesionales y Otros.


14. ¿Se puede capturar más de una vez a un proveedor cuando se ubica en más de un tipo de operación (prestación de servicios, arrendamiento de inmuebles, otros)?
Sí, debiendo elegir el tipo de operación que le corresponda. El programa impide capturar más de una vez un mismo proveedor con un mismo tipo de operación.


15. La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros ¿Permite la presentación de declaraciones complementarias?
Sí, la aplicación permite presentar tanto declaraciones normales como complementarias, eligiendo la opción en el campo “Tipo de declaración”.


16. ¿Se podrá imprimir la información capturada en la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?
Sí, desde la opción “herramientas, imprimir página actual” o bien, desde la barra de herramientas seleccione el icono “Generación de archivo.pdf” mismo que se generará y guardará en la unidad C: en la carpeta que la misma aplicación genera al ser instalada.


17. ¿Cómo se debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?
A) Cuando se hagan capturas hasta de 500 registros (proveedores), se presentará por Internet.
B) Cuando se hagan capturas de más de 500 registros (proveedores), deberán presentar la información ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, en disco compacto (CD) o en dispositivos “USB”, los que serán devueltos al contribuyente.


18. El envío de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros ¿Puede efectuarse utilizando la CIEC?
Sí, se puede enviar con CIEC actualizada y también con Fiel vigente cuando el envío es a través de internet cuando se hagan capturas hasta de 500 registros.


19. ¿Qué sanción procede por no presentar la DIOT?
Multa de de $8,410.00 a $16,820.00, por no presentar la información a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos, o presentarla incompleta o con errores.

martes, 6 de noviembre de 2012

IMPUESTOS

¿QUÉ SON LOS IMPUESTOS?
 Es un pago al Estado, de carácter obligatorio, que consiste en el retiro monetario que realiza el gobierno sobre los recursos de las personas y empresas y es a través del uso de estos recursos que el Gobierno Federal, devuelve a la sociedad esa extracción impositiva a través de bienes públicos, como la educación pública, los servicios como la luz, la impartición de justicia y la seguridad, además de procurar igualdad de oportunidades (de educación, vivienda, cultura, etc.) entre los miembros de la sociedad.

Para no perjudicar a los que menos ganan, el impuesto se retira en forma proporcional a la capacidad económica de quien lo paga. Esto se logra con un sistema de impuestos conocido como progresivo, donde quien más gana paga proporcionalmente más impuestos.

 
¿QUIÉNES PAGAN LOS IMPUESTOS?

Como se ha señalado antes, los ciudadanos tenemos como responsabilidad y compromiso contribuir de manera solidaria, proporcional y equitativa en los gastos públicos de la Federación, Estados y los Municipios, conforme lo establece el artículo 31, fracción IV la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual ninguna norma jurídica suprema u otra ley o disposición puede contrariarla y en ella se señalan los derechos y obligaciones esenciales de los habitantes y sus gobernantes, encontrándose entre estas obligaciones el pago de nuestros impuestos.


Los ciudadanos Persona Físicas y Personas Morales, tienen la obligación de pagar sus impuestos y el derecho de exigir un gasto público transparente y eficiente.
 ¿QUIÉNES COBRAN LOS IMPUESTOS?

En materia fiscal existen tres entidades que tienen la capacidad para cobrar impuestos, la Federación, los Estados y los Municipios.

La Federación y los Estados, tienen la capacidad para establecer contribuciones y son la única instancia facultada por nuestra Constitución para realizarlo.

Existen impuestos que pertenecen exclusivamente a la federación y estos son cobrados por El SAT, el cual es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuya responsabilidad es aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público; de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras; de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.

 
¿POR QUÉ SE PAGAN LOS IMPUESTOS?

Como toda empresa el estado requiere de la realización de diversas actividades para cumplir con sus objetivos, como es el desarrollo de actividades complejas que van encaminadas a proveer de servicios públicos y a satisfacer las necesidades generales de la sociedad.

En razón de lo anterior, la actividad financiera del Estado conoce tres momentos de gran importancia para el país:

La obtención de ingresos
La gestión o manejo de los recursos obtenidos y la administración y explotación de bienes patrimoniales de carácter permanente
La realización de erogaciones para el sostenimiento de las funciones públicas; la prestación de servicios públicos y la realización de diversas actividades.

Por ello, es preciso exista un organismo regulador, al cual se le adjudique el cumplimiento de satisfacer determinadas necesidades públicas, como es la seguridad social, salud, educación, infraestructura, entre otros.

 
¿EN QUÉ SE UTILIZAN LOS IMPUESTOS?

Los recursos recaudados a través de los impuestos, tienen como fin costear los servicios públicos que el Estado brinda, y el contribuyente paga con los impuestos, los servicios que recibe. En ese sentido, hablamos de una contraprestación, toda vez que el contribuyente proporciona una parte de sus recursos a cambio de la satisfacción de ciertas necesidades de carácter colectivo, como el drenaje, el alcantarillado, el transporte público, los hospitales, el servicio de bomberos, ambulancias, construcción, mantenimiento de vías públicas, y también a programas y proyectos de apoyo a los micro, pequeños y medianos empresarios y para subsidios necesarios para el desarrollo del país.
 ¿CÓMO SE REPARTEN LOS RECURSOS?

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, señala que la administración de los recursos públicos federales se realizará con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, control, equidad de género, rendición de cuentas y transparencia, por lo que a partir de ello, la gestión pública destina los recursos a programas productivos, cuyos resultados se ven reflejados en la atención de necesidades como son entre otras; la Salud, Educación, Desarrollo social, Seguridad pública, Desarrollo industrial y empresarial, Ganadería, Protección de recursos naturales, Silvicultura, Impartición de justicia.

Es importante resaltar que ninguna de estas iniciativas sería posible sin tu apoyo, ya que gracias al pago de tus contribuciones, el Estado está en condiciones para destinar recursos a dichos planes, programas y proyectos.

 
¿RIESGOS POR NO PAGAR IMPUESTOS?

El incumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, trae como consecuencia la imposición de multas, recargos, gastos de ejecución y la revisión de las autoridades fiscales.

 
¿QUIÉNES SE BENEFICIAN?

Con el pago de los impuestos, se beneficia toda la sociedad, ya que con sus contribuciones se atienden necesidades básicas de la población y se impulsa el desarrollo social y económico del país.

Factura Electrónica


¿Qué es la factura electrónica en México?
Una factura es un documento que comprueba la realización de una transacción comercial entre un comprador y un vendedor. La factura compromete al vendedor a entregar el producto o servicio y obliga al comprador a realizar el pago de acuerdo a lo especificado en dicha factura emitida. La factura electrónica en México es la representación digital de un tipo de Comprobante Fiscal Digital (CFD), que está apegada a los estándares definidos por el SAT en el Anexo 20 de la Resolución de Miscelánea Fiscal, y la cual puede ser generada, transmitida y resguardada utilizando medios electrónicos. Cada factura electrónica emitida cuenta con un sello digital (Firma Electrónica Avanzada) que corrobora su origen y le da validez ante el SAT, una cadena orignal que funciona como un resumen del contenido de la factura, y un folio que indica el número de la transacción.

Fundamento Legal
Es probable que al igual que muchos de nuestros clientes usted se esté preguntando, “Es legal la factura electrónica?”. La respuesta es SI, la factura electrónica es 100% legal y desde el 2004 fue avalada por el SAT en el Anexo 20 de la Miscelánea Fiscal referente a los Comprobantes Fiscales Digitales. En dicho documento también se establecen todos los fundamentos legales y técnicos para cualquier persona física o moral que desee emitir Comprobantes Fiscales Digitales. Enlace Fiscal fué desarrollado con estricto apego a lo establecido en el Anexo 20 de la Miscelánea Fiscal, por lo que las facturas que emite son 100% válidas ante el SAT.
 
Beneficios
 
Dependiendo del tamaño de las empresas y el volumen de su facturación, el ahorro en concepto de emisión y gestión de facturas (emisión, envío, recepción, almacenaje, búsqueda, firma, devolución, pago, envío, etc.) puede fluctuar entre el 40% y el 80%. Entre los motivos que hacen posible este ahorro se encuentran:
  • Oportunidad en la información, tanto en la recepción como en el envío.
  • Ahorro en el gasto de papelería.
  • Facilidad en los procesos de auditoría.
  • Mayor seguridad en el resguardo de los documentos.
  • Menor probabilidad de falsificación.
  • Agilidad en la localización de información.
  • Eliminación de espacios para almacenar documentos históricos.
  • Procesos administrativos más rápidos y eficientes.
  • Reducción de costes.
  • Mejora de la eficiencia.
  • Aumenta la seguridad documental.
  • Reducción en tiempos de gestión.
  • Mayor agilidad en la toma de decisiones.
Por otro lado, una vez que las empresas empiecen a operar con esta tecnología, se verán incentivadas a digitalizar otros documentos, logrando eficiencia y ahorro en otras áreas de la empresa. El control tributario se incrementa con la factura electrónica, ya que permite un mayor control del cumplimiento tributario y simplificación de la fiscalización.

lunes, 5 de noviembre de 2012

PASOS DEL CICLO CONTABLE


¿Que es la Contabilidad?

¿Que es la Contabilidad?


La contabilidad es un campo o disciplina perteneciente a la ciencia de la economía, cuyo objetivo es clasificar, registrar y resumir la actividad financiera de una empresa o negocio, de tal manera de permitir la toma de decisiones en las compañías y negocios; en términos sencillos, permite entregar una "foto" de lo que es una empresa en términos económicos, la cual nos dice rápidamente la situación actual del negocio, su estabilidad y asimismo su capacidad financiera.


La contabilidad tiene como objetivos, en primer lugar, proporcionar información a dueños accionistas, bancos, gerentes y todos aquellos que tengan relación con los valores de las cosas que la empresa deba o quiera adquirir de un tercero. De lo anteriormente expuesto se infiere la importancia del ejercicio de la contabilidad en un negocio determinado.

Toda empresa tiene la necesidad obligatoria de llevar un control de todas las ejecuciones económicas que realiza, de lo contrario se caería en un caos, habría desorden y lo más probable es no haya un gran desarrollo productivo. Con la contabilidad hay mayores beneficios económicos, se aprovecha al máximo todo tipos de ventajas, pues otorga una visión global de las actividades del negocio, y por ende de lo que puede o no puede llevarse a cabo. Y no solo lo anterior, ya que es una obligación legal el llevar un registro contable con los movimientos económicos de las empresas, de tal manera de informar debidamente al fisco y pagar los impuestos correspondientes; las irregularidades contables son investigadas y sancionadas por los organismos competentes en cada país.

Entre los conceptos básicos de importancia en la contabilidad encontramos a el diario contable, donde se registran las transacciones realizadas, cuyas anotaciones se denominan asientos; estas anotaciones se registran en cuentas denominadas "cuentas T", con el débito a la izquierda, y el crédito o haber a la derecha. Estos asientos se agrupan en un libro mayor, recopilación de todas las cuentas, y finalmente obtenemos el balance, que es un resumen de la situación actual de la empresa. Todo este proceso de registro se denomina la teneduría de libros contables, el proceso de registrar y clasificar las gestiones económicas de una empresa. Dependiendo del país en cuestión, los accionistas de las empresas toman sus decisiones tomando en cuenta este balance, el estado de resultados de la empresa (resumen de pérdidas y ganancias) y/u otras herramientas llamadas "estados contables".

En una empresa o negociación existen dos tipos de contabilidad; la contabilidad administrativa y la contabilidad financiera. La primera dice relación con las necesidades o gustos de la empresa, por el contrario, la contabilidad financiera se encarga de información cuantitativa de las gestiones realizadas por la empresa.
La importancia de la contabilidad va más allá del simple registro y posterior representación de datos, sino que es una herramienta clave para la operación financiera sana de una empresa, y es una herramienta clave en la gestión y toma de decisiones en las organizaciones actuales.



domingo, 4 de noviembre de 2012

PAGO REFERENCIADO



Pago referenciado obligatorio para personas físicas.

El servicio de Administración Tributaria (SAT) ha venido evolucionando en la manera de presentar las declaraciones a las que están obligadas tanto las Personas Físicas como las Personas Morales. Actualmente ha desarrollado la plataforma electrónica denominada “Servicio de Declaraciones y Pagos”, el cual consiste en presentar directamente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) las declaraciones provisionales y definitivas, y en caso de resultar pago de impuestos éste se efectúa en el banco utilizando el servicio de pago referenciado, es decir a través de una línea de captura.


Desde el 2009 han venido incorporándose de manera obligatoria a esta nueva forma de presentar declaraciones diversos grupos de contribuyentes.
A partir del mes de enero de este 2012 se incorporaron las Personas Morales, y a partir del mes de septiembre del 2012 se incorporan de manera obligatoria las Personas Físicas, que en el último ejercicio fiscal hayan declarado ingresos superiores a 1,000,000.00 de pesos para los pagos provisionales y definitivos, que correspondan al mes de agosto del 2012 y subsecuentes.
Las Personas Físicas que no se encuentren en el supuesto anterior pueden optar por el servicio de Declaraciones y Pagos correspondientes al mes de Agosto y Subsecuentes, entendiéndose que optan por esta opción al presentar el primer pago bajo esta modalidad. Quienes ejerzan la opción indicada no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.
Con el Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado) los contribuyentes primero envían la declaración al SAT a través de internet en la sección Mi portal / Pago referenciado, en la que de resultar impuesto a pagar, se genera la línea de captura y posteriormente el contribuyente debe pagar en la institución bancaria, sin exceder el plazo establecido en dicha línea.


QUÉ VENTAJAS TIENE:



  • Facilita la presentación de las declaraciones al utilizarse un formato dinámico que incluye la opción de cálculo automático de los impuestos y ayudas en línea.
  • Permite la presentación anticipada de la declaración ante el SAT y posteriormente efectuar el pago de impuestos en la fecha de vencimiento.
  • Disminuye el tiempo de elaboración de las declaraciones complementarias al prellenarse con los datos manifestados en la declaración anterior.
  • Elimina la presentación de las declaraciones de Avisos en Ceros y de Corrección de Datos.
  • Simplifica el pago de impuestos federales con la utilización del servicio bancario de Depósito Referenciado, vía internet o en la red de sucursales bancarias.
  • Cuenta con opciones en línea para:
    • Consultar la declaración presentada.
    • Imprimir el Acuse de Recibo de la declaración.
    • Efectuar consultas por obligación.
    • Consultar las declaraciones pagadas en el banco autorizado, 48 horas hábiles posteriores al pago de la línea de captura. 

QUÉ NECESITA PARA UTILIZARLO

  • Para ingresar al Servicio de Declaraciones y Pagos requiere:
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Clave de Identificación Electrónica Confidencial actualizada (CIEC). 
  • Sus cifras como monto de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, IVA causado e IVA acreditable, entre otros.
  • Una computadora con acceso a Internet.
  • Además, para pagar por transferencia electrónica a través de su banco es necesario tener una cuenta con servicio de banca electrónica.